Chiarella cruzó al juez Orso por la megaestafa inmobiliaria: «Garantiza la impunidad»

El intendente de Venado Tuerto, Leonel Chiarella, cuestionó con dureza el fallo del juez de Cámara Tomás Orso, que declaró prescripta la acción penal contra Antonio Di Benedetto en la causa conocida como “Megaestafa Inmobiliaria 2”. “Garantiza impunidad a un delincuente de guante blanco”, afirmó el jefe comunal. “Así como mostramos las caras de los…

El intendente de Venado Tuerto, Leonel Chiarella, cuestionó con dureza el fallo del juez de Cámara Tomás Orso, que declaró prescripta la acción penal contra Antonio Di Benedetto en la causa conocida como “Megaestafa Inmobiliaria 2”. “Garantiza impunidad a un delincuente de guante blanco”, afirmó el jefe comunal.

“Así como mostramos las caras de los delincuentes que cometen delitos en los barrios, también mostramos con nombre y apellido a los jueces que dictan fallos a favor de los delincuentes. En este caso, el juez Tomás Orso decidió beneficiar a Antonio Di Benedetto, un delincuente de guante blanco”, cuestionó Chiarella que calificó la decisión como una “locura jurídica”porque se trata de un fallo “injustificado” que deja a las víctimas “sin esperanza de justicia y reparación”.

Chiarella manifestó su expectativa en que la Corte Suprema de Justicia de la provincia “revise esta decisión y permita a las familias recuperar sus bienes”.

La decisión judicial implica el cierre del proceso por 31 hechos de estafa, 23 tentativas y 5 falsedades ideológicas, dejando sin posibilidad de recuperar sus bienes a las decenas de familias afectadas.

La historia comenzó en agosto de 2017, cuando desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe detectaron que en el Registro General de la Propiedad habían ingresado una serie de trámites con documentación apócrifa, vinculados a operaciones inmobiliarias en Venado Tuerto, San Eduardo y Maggiolo. Entre las dos etapas judicializadas, se detectaron al menos 60 operaciones de compraventa truchas (29 en la primera parte y 31 en la segunda), con un patrón común: propiedades cuyos dueños no residían en el lugar o eran personas mayores, con dificultades para hacer un seguimiento de sus bienes.

El objetivo era “apropiarse de bienes rurales o urbanos cuyos titulares catastrales no vivían o eran de avanzada edad”. En 2018 la justicia provincial desactivó esa estructura delictiva con base en Venado Tuerto: 14 personas fueron detenidas tras 18 allanamientos simultáneos, entre ellas, abogados, un médico, contadores, un escribano y un gestor. La organización se quedó con 32 inmuebles y casi 1.000 hectáreas de campo en el sur de Santa Fe. Se estima que el monto total de la estafa ronda los mil millones de pesos, que por su volumen se considera la estafa inmobiliaria más importante de la historia santafesina. El valor estimado de los bienes transferidos ilegalmente se calcula en 20 millones de dólares.

“Esperamos que los jueces de la Corte reviertan esta decisión y hagan lo que la sociedad espera: justicia para las víctimas y castigo para quienes estafan a la gente trabajadora”, cerró Chiarella.

Di Benedetto cumple actualmente una condena de 12 años en la Unidad Penitenciaria de Piñero por su rol como jefe de la organización responsable de la primera megaestafa inmobiliaria. La causa actual representaba la segunda etapa de ese entramado delictivo.

El recurso de inconstitucionalidad será presentado en los próximos días por la fiscal Mayra Vuletic. Tiene un plazo de diez días para formalizar el planteo ante la Corte Suprema de Santa Fe, que será ahora la encargada de definir si la causa puede reabrirse o si el fallo de Orso queda firme.

Desde el Ministerio Público de la Acusación también se elevó un fuerte rechazo al fallo. El fiscal regional de Venado Tuerto y actual interventor de la Fiscalía Regional de Rosario, Matías Merlo, anticipó la presentación de un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte.

Orso revocó una resolución previa del juez Mauricio Clavero, que había declarado admisible la acusación fiscal y habilitado el juicio oral. El juez de Cámara consideró que los hechos estaban prescriptos por el tiempo transcurrido, interpretación que Merlo calificó de incompatible con la jurisprudencia vigente en Santa Fe.

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